LUNES 15 de Diciembre de 2025
 
 
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Polémica 

Las armas semiautomáticas de uso civil se podrán utilizar en actividades deportivas

El Gobierno dispuso una modificación clave en el régimen de control de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR.

La medida afecta a los legítimos usuarios de armas de fuego en todo el país y otorga a la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) la facultad exclusiva para autorizar la adquisición y tenencia de este tipo de armamento bajo un régimen especial.
El Decreto 397/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial y ya entró en vigencia.
La decisión se adoptó tras más de treinta años de vigencia de un sistema restrictivo impuesto por el Decreto 64/1995, que prohibía a los usuarios civiles la adquisición y tenencia de estas armas, salvo excepciones autorizadas por el Ministerio de Defensa. El nuevo decreto sustituye ese régimen de prohibición general por un sistema de control administrado por la ANMAC, organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.
El texto oficial dispone: “Establécese un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR, peticionados por los legítimos usuarios de armas de fuego. La ANMAC tendrá a su cargo la aplicación del régimen de control especial”.
La nueva normativa modifica artículos clave del Decreto 395/75, que reglamenta la ley nacional de armas. Entre los cambios más relevantes, se destacan la delegación de facultades a las autoridades de las fuerzas para autorizar la tenencia y portación de armas a su personal, la diferenciación de plazos de validez de las credenciales de legítimo usuario y la centralización de controles en la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
Respecto a la portación de armas de guerra, el nuevo artículo 88 introduce un régimen más restrictivo para civiles y refuerza el control institucional para el personal de las fuerzas. Solo la ANMAC podrá otorgar autorización de portación de armas de guerra, con vigencia anual y criterios restrictivos, salvo para el personal en actividad de las fuerzas, cuya portación se mantiene mientras dure su función.
 

 

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