DOMINGO 01 de Noviembre de 2026
 
 
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El bebé es la única víctima de esta disputa política...

La determinación del destino de un inocente bebé, nos hizo recordar el relato bíblico “El Juicio de Salomón”, cuando para descubrir la verdad en una disputa de derechos, el rey Salomón pidió que le trajeran una espada y ordenó: “Partan en dos al niño vivo, y denle una mitad a una y la otra mitad a la otra”. El final es conocido.

 

La resolución generó que, movida por el amor y la desesperación de salvar la vida de su hijo, la madre suplicó: “¡Por favor, mi señor! Dele a ella el niño vivo, pero no lo mate”. Esto es historia antigua, pero se vive en el presente un episodio que indigna porque todos pelean para ver quién se gana el bebé y pocos piensan que se ha convertido en el medio y no en el objetivo real.

Desde hace un tiempo vienen siendo objeto de tratamiento en medios, departamentos legales y poderes del Estado los cuestionamientos que se materializan -evidentemente buscando diferentes réditos- por la tenencia de un bebé que, no decide por sí solo, dada su corta edad, pero es el “tira y afloje” que en gran medida divide y desajusta a la sociedad espectadora.

El conflicto judicial y social que se da en La Pampa por la adopción y tenencia de un menor, conocido públicamente como el caso del “bebé de Rancul”, genera fuertes debates y posturas encontradas entre la aplicación estricta de la ley y el reclamo afectivo de los cuidadores.

A nivel judicial e institucional, la postura dominante ratifica que las familias de contención (o de tránsito) tienen un rol estrictamente temporario y no pueden adoptar directamente, mientras que el entorno social y los cuidadores denuncian irregularidades y reclaman priorizar el vínculo socioafectivo.

Estos aspectos dieron espacio para que irrumpiera la política buscando algún beneficio partidario que los posicionara frente a un escenario que debería ser exclusivamente ocupado por el gobierno y los interesados en la cuestión: tenencia del bebé y la Justicia que deberá en definitiva resolver quién tiene la razón.

La postura judicial y del Poder Ejecutivo, resulta coincidente al marco legal, de acuerdo a las resoluciones de la Justicia, y las declaraciones de los funcionarios provinciales coinciden en defender el procedimiento oficial.

Incompatibilidad de programas: El Subsecretario de Niñez, Adolescencia y Familia de La Pampa, Juan Pablo Bonino, ratificó ante la Legislatura que el programa de Familias de Contención y el de Adopción son legalmente incompatibles. Sostuvo que habilitar que una familia de tránsito adopte significaría “apartarse de las reglas” e ignorar el Registro Único de Aspirantes (RUA), violando la prohibición de entregas directas.

La intervención legislativa aparece claramente como una cuestión netamente política e institucional. Diversos sectores y analistas coinciden en que la intervención de la Cámara de Diputados en el caso del “bebé de Rancul” excede la mera auditoría técnica y se enmarca en una disputa netamente política.

Al tratarse de una Legislatura con representación de distintas fuerzas, el conflicto se convirtió en un escenario de confrontación entre el oficialismo y la oposición, impulsado además por el alto impacto mediático y el descontento social.

Se han registrado numerosas medidas, surgidas de la familia de contención, que han apelado a todos los recursos que las leyes le permiten, para sostener que en la relación y vínculo nacido entre ellos y el bebé los exime de aceptar los condicionamientos de las normas y leyes vigentes que atienden estos temas.

Se han concretado reveses judiciales de carácter definitivo, tales como el procedente de la Sala A del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa, con rechazo a los amparos y recursos extraordinarios de la familia de contención. El tribunal ratificó que el expediente principal de adopción avanza bajo reserva legal para proteger al niño. “El bebé ya fue integrado formalmente con su familia adoptiva, designada por el registro oficial. Permitir estas adopciones directas pondría en desventaja a miles de familias inscriptas legalmente en el registro de adopción”.

La sociedad dividida, los poderes enfrentados, las leyes y normativas ignoradas y el “bebé”

de Rancul”, más allá de haberse determinado legalmente que está correctamente adoptado y ya estaría en brazos de sus futuros padres, van marcando escenarios donde, lamentablemente, la política procura aprovechar presuntos errores para sacar beneficios y especialmente no perder una centralidad, que en muchos casos ni así lo lograrán.

El gran interrogante, y sin lugar a dudas el más importante, es: ¿El límite constitucional puede cambiar el destino del menor? La respuesta es clara y contundente: no hay normas y leyes que así lo reafirman. Por otra parte, los legisladores tienen un límite constitucional estricto dictado por la división de poderes. La Comisión Investigadora no tiene facultades para revocar un fallo judicial, dictar una adopción ni ordenar la restitución del menor a la familia de contención. Pero se muestra y adquiere centralidad social y en algún caso sirve para determinar si hubo responsabilidad política o administrativa de los funcionarios del Ejecutivo y, eventualmente, recomendar reformas al sistema.

La institucionalidad y la seguridad jurídica son dos factores que deberían preocupar, dado que la pérdida de confianza en las reglas de juego infiere que “Cuando el Poder Legislativo cuestiona abiertamente resoluciones del Poder Judicial y del Ejecutivo, se debilita la confianza de la sociedad en las instituciones”.

Si las normas de adopción dictadas por el Código Civil de la Nación se vuelven maleables según la presión social o el debate político local, se genera un peligroso precedente de imprevisibilidad jurídica.

¿Estarán procurando ese resultado?

 

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