La publicación de Rodríguez fue la siguiente: “¡El robo de ANDINO a Cochicó!!... estos Mamarrachos mercenarios, que rompen x dos mangos la ilusión de unos pibes es lo que la LIGA CULTURAL todavía ALIMENTA y sólo por el interés de digitar las posibles clasificaciones desde el vamos... NO VAN A CAMBIAR NUNCA y lo más triste que usan el FÚTBOL, el mejor de los DEPORTES para vender en la SOCIEDAD que los triunfos se consiguen TRAMPEANDO, lindo ejemplo... Andino, un ser impresentable, un patotero de 4ta un personaje que desprestigia la profesión (sólo es cuestión de ver su físico, ya que su desequilibrio emocional sale a la luz DOMINGO a DOMINGO) sólo puede sostenerse en el ruedo por intereses espurios (SIC) de un FUTBOL que sigue CONTAMINADO... Mientras tanto todos hacen como el AVESTRUZ...”.
El TD juzgó que “el derecho a la libertad de expresión no abarca el ‘derecho al insulto’ (...)” y diferenció que dichos como “se equivocó feo” o “como árbitro no puede dirigir un partido de metegol”, son expresiones que “por provenir de un ambiente normalmente exaltado en que se vierten no son susceptibles de causar lesión en su reputación como persona” o que “llamar al réferi ‘novato, principiante e incompetente’ no va más allá de una ‘ácida crítica’. Y que “inevitable la exposición en que se encuentran los árbitros, que deben asumir ciertos insultos con distancia y profesionalismo”.
No obstante advirtieron- “cuando las ofensas o insultos impliquen discriminación o excedan el límite de lo “picante” o “folclórico”, debe darse total protección al derecho al honor” y consideraron “innegable el carácter ofensivo de las expresiones injuriosas vertidas por RODRÍGUEZ en su publicación, ya que menoscaban y denigran la dignidad y la reputación de una persona (árbitro) y de un organismo colegiado de la Liga Cultural, descalificándolos, y por ello es susceptible de sanción”. Por ello, y como las declaraciones fueron públicas emplazaron al entrenador a “que elimine la publicación en cuestión, y se retracte públicamente de lo expresado, en un plazo de dos (2) días, bajo apercibimiento de incrementar la sanción en caso de negativa. Asimismo, se le hace saber que, de persistir, puede ser pasible de acciones legales por parte de los afectados”.
Amonestados
Por otro lado “amonestaron” al club Santa María porque, hace un par de semanas, en virtud de que dirigentes de la entidad y de Centro Oeste ingresaron al campo tras el encuentro que ambos equipos sostuvieron por el torneo de la B. Es que, si bien ambos entraron para “separar” a los futbolistas que protagonizaban una batahola, el club local fue castigado por que es su responsabilidad la entrada al campo de personas ajenas al partido esto es, no autorizadas por el juez.
Las sanciones
En tanto, los futbolistas suspendidos fueron los siguientes: Aaron Tobio (Penales), Héctor Lezcano (Unión Acha), Brian Cornejo (Matadero), Juan Carrizo (Cochicó), y Martín García (El Elyon), tres partidos; Carlos Balmaceda (Juventud Unida), Luciano Schab (Centro Oeste), Mathias Manque (La Barranca), dos; Agustín Pruzzo (Uriburu), Xanti Gerardo (Centro Oeste), Isaías Alvarez (Matadero), Ramiro Franco (Carro Quemado), Leandro Hidalgo (Unión de Riglos), Pablo Chirino (El Pampero), Angel González (El Pampero), Mauro Stork (El Pampero), Dante Storm (El Pampero), Horacio Sosa (Juventud Unida), Lautaro Torres (Anguilense), Matías González (Campos), Javier Feraude (Penales), y Adrián Echegaray (Unión de Riglos), uno.
Agencia Santa Rosa
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