El juez federal Martín Cormick dejó sin efecto la resolución del Ministerio de Seguridad que estableció el protocolo antipiquetes, el marco de actuación de las fuerzas de seguridad para responder ante manifestaciones sociales y cortes de calle que inauguró la gestión de Patricia Bullrich y continuó la actual ministra Alejandra Monteoliva.
Este lunes, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11 hizo lugar a una acción de amparo y determinó que el protocolo tiene vicios en su conformación legal. Para el juez, el Ejecutivo se atribuyó facultades que la Constitución Nacional reserva de manera exclusiva para el Poder Legislativo, afectando así la división de poderes.
Este es el segundo fallo adverso que el juez Cormick firma contra el Gobierno en pocos días. La semana pasada ya había ordenado que se implemente la Ley de Financiamiento Universitario, que al igual que la Emergencia en Discapacidad se encuentran suspendidas tras ser refrendadas por el Congreso.
En cuanto al protocolo antipiquetes, en marzo el magistrado había rechazado suspenderlo y asistió personalmente a una marcha de jubilados para supervisar su implementación.
A partir de una acción de amparo impulsada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el juez Cormick analizó en profundidad la resolución 943/2023 con la que se puso en marcha el protocolo antipiquetes.
En una sentencia de 38 páginas a la que tuvo acceso Infobae, el juez concluyó que el Ministerio de Seguridad intentó legislar sobre materia penal y procesal, tareas que exceden el marco de competencia de un funcionario del Poder Ejecutivo.
Según explicó en su fallo, la administración pública no tiene la potestad de dictar normas que restrinjan derechos constitucionales fundamentales, como la libertad de reunión, la libre expresión y el derecho de peticionar a las autoridades, sin que exista una ley previa del Congreso que habilite tales limitaciones.
Uno de los puntos más relevantes de la sentencia giró en torno a la figura legal de la flagrancia.
La normativa ahora anulada instruía a las fuerzas de seguridad federales para actuar de manera inmediata ante un corte de calle o cualquier vía de circulación, bajo la premisa de que se trataba de un delito flagrante, es decir que se está cometiendo en el acto.
Sin embargo, el fallo judicial entendió que la protesta social es un fenómeno complejo que no puede equipararse automáticamente con un ilícito penal que justifique la intervención policial sin orden de un juez.
El juez Cormick remarcó que calificar una conducta como delictiva y ordenar el uso de la fuerza pública para dispersar una manifestación son decisiones que corresponden a los jueces y fiscales, no a las autoridades políticas ni a los jefes de los operativos de seguridad.
Otro punto del protocolo antipiquetes que atacó el magistrado es el que refiere a las “tareas de inteligencia” sobre los manifestantes. El juez consideró que el registro sistemático de los asistentes a una protesta constituía una intromisión arbitraria en la privacidad de las personas y una forma de amedrentamiento.
Otro aspecto central de la decisión fue la protección de grupos vulnerables. El protocolo no establece diferencias claras en el accionar policial cuando hay niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad en una movilización, según determinó el juez.
Así, la sentencia señaló que la falta de directrices específicas para resguardar la integridad física de estos grupos evidenciaba una falencia grave, más cuando el grueso de las marchas frente al Congreso Nacional son de jubilados y personas con discapacidad.
Finalmente, la Justicia en lo Contencioso Administrativo ordenó al Ministerio de Seguridad que se abstenga de aplicar nuevamente el protocolo antipiquetes y que adecue su actuación a las normas vigentes del Código Procesal Penal. El fallo puede ser apelado ante instancias superiores.
Por su parte, la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, y su antecesora y actual senadora, Patricia Bullrich, salieron al cruce del juez Martín Cormick y comunicaron que el Gobierno apelará la nulidad del protocolo antipiquetes: “No vamos a dar un paso atrás”.
EPI - El juez Cormick dejó sin efecto la resolución que estableció el protocolo antipiquetes. PIQUETES
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