VIERNES 18 de Septiembre de 2026
 
 
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La familia de contención del bebé de Rancul reclamó en Pico

El reclamo de Joaquín Díaz y Ana Laura Pizzani por el bebé de Rancul se trasladó el jueves a General Pico, donde familiares, allegados y vecinos se concentraron frente a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería para cuestionar las decisiones adoptadas en el proceso judicial y reclamar explicaciones a los organismos de Niñez.

La pareja, que fue familia de contención del niño, lleva diez días de protestas y sostiene que durante el proceso se produjeron distintas irregularidades. Entre sus principales cuestionamientos, señalaron cambios en los argumentos utilizados para impedirles participar de una eventual adopción y reclamaron que se priorice el interés superior del niño por sobre las cuestiones administrativas.

Díaz y Pizzani también cuestionaron el accionar de funcionarios del área de Niñez y solicitaron el apartamiento de Rodrigo Lofvall y Juan Pablo Bonino mientras se investigan las actuaciones vinculadas al caso. Según expresaron, el pedido responde a la necesidad de garantizar transparencia durante las investigaciones.

Uno de los ejes de la manifestación en General Pico estuvo relacionado con la difusión de información judicial. La pareja sostuvo que una resolución fue conocida públicamente antes de que finalizara el trámite y reclamó que se investigue cómo personas ajenas al expediente pudieron acceder a información de la causa.

En paralelo, se conoció el fallo de la Sala B de la Cámara de Apelaciones de la Segunda Circunscripción Judicial, integrada por la jueza sustituta Estela L. Rodríguez y el juez Ángel Aragonés. El tribunal rechazó el recurso presentado por Díaz y Pizzani y confirmó la decisión de primera instancia que había desestimado su pedido de guarda con fines de adopción y la medida cautelar de no innovar.

La Cámara fundamentó su decisión en el Código Civil y Comercial de la Nación, que establece como requisito para acceder a una guarda con fines adoptivos la inscripción y admisión en el Registro Único de Aspirantes (RUA), condición que la pareja no reunía al momento de iniciar el proceso.

El tribunal también diferenció el Programa de Familias de Contención del sistema de adopción. Según el fallo, se trata de un dispositivo estatal de carácter transitorio y provisional destinado a brindar cuidado y evitar la institucionalización de niños en situaciones excepcionales. Además, recordó que en el convenio firmado por la pareja se establecía el carácter temporal de la función y la incompatibilidad con una postulación para la adopción directa del niño.

Por último, la Cámara remarcó que en los procesos que involucran a niñas, niños y adolescentes debe priorizarse la celeridad para evitar demoras que puedan afectar la definición de su situación familiar, colocando el interés superior del niño por encima de las restantes pretensiones procesales.

Mientras el reclamo continúa en distintos puntos de La Pampa, Díaz y Pizzani aseguraron que mantendrán las manifestaciones y las presentaciones judiciales. También destacaron el trabajo de la comisión especial conformada en la Legislatura provincial, que comenzó analizando este caso y actualmente revisa otras situaciones vinculadas al funcionamiento del sistema de protección de derechos de niños y adolescentes.

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