LUNES 01 de Junio de 2026
 
 
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A través de cuatro decretos 

El gobierno reglamentó la reforma laboral y avanzó con cambios en sindicatos, convenios e indemnizaciones

Fue reglamentada este lunes una parte sustancial de la Ley de Modernización Laboral y definió el esquema operativo para varios de los cambios impulsados por la reforma aprobada por el Congreso. 

Entre las novedades más relevantes figura la incorporación de un apartado específico en los recibos de sueldo que deberá exhibir el costo laboral total que afronta el empleador, incluyendo aportes sindicales, contribuciones a la seguridad social, obra social, PAMI, aseguradoras de riesgos del trabajo y otros conceptos vinculados a la relación laboral.

La reglamentación también fija criterios para determinar cuándo un convenio colectivo podrá considerarse vencido y habilitar una nueva negociación. En los casos en que no exista una fecha de expiración expresamente establecida, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para iniciar el procedimiento de renegociación.

Además, se dispuso que los aportes, contribuciones y demás cargas económicas previstas en convenios colectivos deberán computarse de manera global para verificar el cumplimiento de los límites establecidos por la legislación. Los acuerdos que excedan esos topes deberán adecuarse a la nueva normativa y no podrán homologarse nuevos convenios que incumplan esas restricciones.

La reglamentación incorpora cambios en el régimen de asociaciones sindicales. Entre otros puntos, establece que los cuerpos directivos deberán mantener una proporción razonable respecto de la cantidad de afiliados cotizantes y habilita mecanismos de verificación mediante cruces de información con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otras bases públicas.

También se modifican las condiciones para el uso del crédito horario sindical. Los representantes gremiales deberán comunicar al empleador con al menos 48 horas de anticipación el uso de esas horas y su ejercicio deberá compatibilizarse con la continuidad de las actividades de la empresa.

Otro de los cambios apunta a la representatividad sindical. La autoridad de aplicación podrá verificar la cantidad de afiliados de cada organización y, en los casos de disputa por una personería gremial, la entidad que pretenda obtenerla deberá acreditar una representación superior a la del sindicato que ya la posee.

El decreto ratifica que la registración de trabajadores se realizará a través de los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que centralizará altas, bajas y modificaciones de datos laborales. Además, las certificaciones médicas que indiquen reposo deberán emitirse por medios electrónicos mediante plataformas registradas y profesionales habilitados.

La normativa también establece que la ANSES deberá notificar a empleadores y agentes del sistema de salud sobre el inicio y la finalización de los trámites jubilatorios.

Por otra parte, mediante el Decreto 408/2026, el Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta creada para ayudar a financiar el pago de indemnizaciones sin modificar el régimen vigente.

El decreto estableció cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para la declaración, inversión y utilización de los recursos.

En paralelo, el Gobierno reglamentó modificaciones tributarias, precisó el alcance de las exenciones del Impuesto a las Ganancias para ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda y para determinadas operaciones de venta y transferencia de derechos sobre propiedades.

 

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