Pollicita llegó a una conclusión en la investigación por presunto enriquecimiento ilícito contra el jefe de Gabinete, Manuel Adorni: la conducta que se le atribuyó no encuadra en los delitos de enriquecimiento ilícito ni de omisión maliciosa de declaración de bienes, previstos en el artículo 268 del Código Penal.
La explicación patrimonial presentada por la defensa, basada en una operatoria con Bitcoin anterior a su ingreso al Gobierno, no pudo ser desvirtuada por la fiscalía.
Pero eso no significa que el funcionario quede liberado de toda responsabilidad penal. Por el contrario, Pollicita entendió que la propia explicación de Adorni abrió otra hipótesis: la posible comisión de un delito tributario por haber mantenido fondos y activos sin declarar ante el organismo recaudador.
En ese marco, el fiscal sostuvo que corresponde que la investigación continúe en el fuero Penal Económico, por tratarse de una eventual infracción a tributos nacionales. La discusión ya no pasa, según su dictamen, por demostrar un enriquecimiento ilícito durante el ejercicio de la función pública, sino por establecer si existió una conducta de ocultamiento fiscal.
Un punto decisivo del dictamen fue la reconstrucción del origen de los dólares que Adorni incorporó tardíamente a sus declaraciones juradas. La defensa había sostenido que el capital provenía de operaciones con Bitcoin realizadas entre 2014 y 2018, cuando todavía no ocupaba cargos públicos.
Para respaldar esa versión, presentó ocho direcciones de billeteras virtuales, un informe técnico sobre los movimientos registrados en la blockchain y una constatación notarial del control de las claves privadas.
Pollicita ordenó una serie de medidas para comprobar esa explicación. Entre ellas, una verificación criptográfica con intervención de la Policía Federal, un informe técnico de 29 puntos y pedidos de información a la ARCA y la ANSES para reconstruir la capacidad económica del matrimonio.
Con esos elementos, Pollicita sostuvo que no se había podido desvirtuar la explicación de la defensa. La conclusión fue que los 565.000 dólares declarados como tenencia inicial de 2023 podían provenir de la liquidación de los activos virtuales, cuyo producido la defensa estimó en 591.544,61 dólares.
Pero el argumento central para abrir la hipótesis tributaria surgió de la propia explicación de la defensa, que reconoció que los ahorros se habían mantenido durante años en efectivo, “por fuera del sistema bancario y del radar de ARCA”.
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