VIERNES 26 de Julio de 2024
 
 
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Amenazas y lesiones 

Dictaron sentencias condenatorias en los Tribunales piquenses

La Justicia piquense sancionó en las últimas horas a dos imputados por la autoría de distintos delitos de amenazas y lesiones. Ambos recibieron penas de prisión efectiva.

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Juan Mauricio Cabaña, de 39 años de edad, como autor material y penalmente responsable del delito de  amenazas simples -dos hechos - en concurso real;  a la pena de nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente.

Las pruebas aportadas en el legajo permitieron corroborar que el 5 de julio de 2023, Juan Mauricio Cabaña junto a un familiar y otras personas no individualizadas, se hicieron presentes en una camioneta Ford Explorer en el domicilio del damnificado. Una vez allí Juan Mauricio Cabañas le exigió al damnificado que le entregue un vehículo Volkswagen Bora,  el cual éste le había comprado un mes antes, indicando que los dólares que el damnificado había entregado eran falsos. Ante la negativa de la víctima de hacer entrega del vehículo, Juan Mauricio Cabaña le manifestó: ‘nos vamos a llevar el auto a la fuerza, si te tengo que pegar un tiro no me importa nada‘. Luego de ello se retiraron, indicando que regresarían.

Al día siguiente, Juan Mauricio Cabaña, un familiar y otras personas no identificadas, se presentaron a bordo de la camioneta en el lugar de trabajo del damnificado, momentos en que se encontraba desempeñando sus tareas laborales. Al observar el arribo de los mencionados, la víctima ingresó al servi shop de una estación de servicio, ingresando luego Juan Mauricio Cabaña quien le tocó el hombro y le manifestó  ‘dame la llave‘. Ante la negativa de éste, Cabaña volvió a manifestar ‘dame la llave o te quemo‘,  al mismo momento que hace el gesto como de querer sacar algo de su cintura, precisamente del elástico de su pantalón, por lo que la víctima, ante ello, salió corriendo del lugar y seguidamente arribó personal policial.

Finalmente el damnificado indicó que, desde el día 05 de julio de 2023, comenzó a recibir llamadas con número privado a su teléfono celular indicando que siempre fueron realizadas por Juan Mauricio Cabaña y que en algunas ocasiones dichas llamadas fueron realizadas desde el número al que él se comunicaba con el mencionado Cabañas para realizar la operación de compraventa.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Juan Pellegrino, el imputado y el defensor oficial Guillermo Costantino. El damnificado, al ser informado sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.

Lesiones leves agravadas por el vínculo y amenazas agravadas

Por otra parte, el juez de control Heber Pregno también condenó a un hombre de 22 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la cual mantiene o mantuvo una relación de pareja y amenazas agravadas por el uso de arma blanca en concurso real; a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento. Además le unificó la condena con una anterior, componiendo la pena única y total de dos años de prisión de efectivo cumplimiento.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado, solicitado por el fiscal Francisco Trucco, el imputado y el defensor particular Jerónimo Altamirano. Las partes al momento de presentar el escrito del acuerdo, manifestaron haber notificado a la  damnificada, quien expresó estar de acuerdo con la modalidad adoptada para finalizar el proceso.

Las pruebas aportadas en la causa permitieron comprobar que, entre la noche del 6 de agosto y la madrugada del 9 de agosto de 2023, en el marco de discusiones con su pareja, en el domicilio que compartían, el imputado agredió a la damnificada físicamente en reiteradas oportunidades, arrastrándola por el piso tirándola del cabello, propinándole golpes de puño en piernas, brazos, cara, cabeza, espalda y cintura, y pegándole con una percha en el abdomen. Asimismo, le pasó por su cabeza el lomo de un cuchillo tipo de asado, situación que le generó gran temor.

Como consecuencia de la agresión,  la víctima sufrió: “hematoma en ambas piernas, (región muslo pariolateral). En región de antebrazo, hematoma leve en forma circular”, según el certificado médico.

Sobre la sanción a aplicar, el juez expresó que, “como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas”.

 


 

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