JUEVES 25 de Abril de 2024
 
 
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Trabajo modificó el Repro y habilitó visitas de evaluación

Entre las principales modificaciones del Repro, se estableció que los trabajadores dependientes de los sujetos empleadores que ingresen al Programa no deberán percibir una remuneración total superior a tres veces el Salario Mínimo. Además, se fijó un límite temporal en relación con la prohibición de despidos sin justa causa.

El Ministerio de Trabajo realizó modificaciones al Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (Repro), y habilitó visitas de evaluación a las empresas, a través de la resolución 1389/2022 publicada en el Boletín Oficial.

Entre las principales modificaciones, se estableció que los trabajadores y las trabajadoras dependientes de los sujetos empleadores que ingresen al Programa no deberán percibir una remuneración total superior a tres veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente, en lugar de cuatro SMVM como era hasta ahora.

Además, se fijó un límite temporal en relación con la prohibición de despidos sin justa causa, que antes no había, y que ahora quedó en que las empresas solicitantes no deberán haber realizado en un lapso de seis meses previo a la inscripción al Programa.

Por otra parte, la resolución facultó a la Coordinación Repro a diferir el período de evaluación y de liquidación, así como relevar datos adicionales que permitan ampliar o verificar los aportados por las empresas solicitantes, y disponer la realización de visitas de evaluación a las sedes de sus establecimientos, a efectos de ratificar, rectificar o ampliar información que sea considerada relevante para la consideración de las solicitudes de acceso como también la permanencia o continuidad en el Programa por parte de las empresas.

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