MIÉRCOLES 24 de Abril de 2024
 
 
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Justicia piquense 

A pedido de la fiscal Hernández, el TIP elevó una pena de prisión efectiva 

El Tribunal de Impugnación Penal hizo lugar a un recurso de impugnación interpuesto por la fiscala piquense, Ivana Soledad Hernández, cambió la calificación legal de un delito y aumentó de cuatro años y seis meses a 10 años la pena contra un imputado identificado como Javier Edgardo Baigorria, por entender que intentó matar a su expareja y a un hombre.

La fiscal Hernández recurrió al TIP ante un fallo dictado por el juez de Audiencia de los Tribunales piquenses, Federico Pellegrino, quien había condenado a Baigorria a cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por considerarlo autor de los delitos de “amenazas simples, daño simple y lesiones leves calificadas por el vínculo, lesiones leves y amenazas calificadas por el uso de arma en concurso ideal; todo en concurso real”, en tres legajos distintos. Además lo había declarado reincidente.

Los jueces de la Sala A del TIP, Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, después de revisar ese fallo, condenaron este miércoles al acusado a 10 años de prisión por “amenazas simples, daño simple y homicidio agravado en grado de tentativa y homicidio en grado de tentativa, todo en concurso real”; declarándolo reincidente.

Tanto Hernández como los defensores particulares del imputado, Jerónimo Altamirano y Pedro Febre, recurrieron la sentencia de Pellegrino. El TIP no hizo lugar a la impugnación de la defensa; pero sí a la del Ministerio Público Fiscal. 

La fiscal Hernández argumentó que en el alegato final del juicio oral había acusado por los intentos de homicidio y que Pellegrino efectuó una errónea valoración de las pruebas.

¿Qué dijo el TIP para cambiar las lesiones por los homicidios en grado de tentativa?. Habló de “los antecedentes previos de violencia de género” de Baigorria hacia su expareja y remarcó que “el material probatorio (incorporado en el debate) constituyó claras, precisas y contundentes probanzas de las circunstancias materiales de los hechos lesivos contra la integridad física de ambas víctimas”.

El hecho investigado ocurrió el 31 de octubre de 2020. Baigorria, que estaba bajo el régimen de prisión domiciliaria como medida de protección a la su expareja, ingresó a la noche a la vivienda de ella con un cuchillo, fue hasta la habitación -donde la mujer estaba con su actual pareja- y acometió contra ambos.

“Quiso apuñalarlos”

Existió “el designio consciente de Baigorria de dar muerte a cuchilladas a su expareja y de lesionar (al hombre), que circunstancialmente se hallaba allí, utilizando un cuchillo de importantes dimensiones; sin lograr su propósito porque ambos se defendieron, huyeron y también lograron que perdiera el arma con la que los atacaba. Es decir que el homicidio no fue consumado por esas causas ajenas a la voluntad del acusado, quedando en grado de tentativa”, expresaron Piombi y Rivarola.

 

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